La Red de Caminos Inka en el Santuario Histórico de Machu Picchu (SHM) presenta varios riesgos y condiciones especiales debido a su geografía, clima y regulación, que todo visitante y operador debe tener en cuenta:
1. Condiciones geográficas y climáticas:
Altitud: Algunas rutas alcanzan altitudes superiores a los 4,200 metros sobre el nivel del mar (como el paso de Warmiwañuska). Esto puede causar el mal de altura o “soroche” en los visitantes, generando síntomas como dolor de cabeza, náuseas y fatiga.
Clima variable: El clima en la zona es impredecible, con cambios repentinos. Las rutas están expuestas a fuertes lluvias, especialmente durante la temporada de lluvias (de noviembre a marzo). Estas condiciones aumentan el riesgo de deslizamientos de tierra, resbalones y caminos enlodados.
Terreno accidentado: Algunas partes del camino existe escalones o graderías de piedra, pendientes pronunciadas y zonas estrechas. La dificultad técnica y física de las rutas requiere buena preparación física y calzado adecuado.
2. Riesgos naturales:
Deslizamientos y avalanchas: Durante la temporada de lluvias, los caminos pueden estar expuestos a deslizamientos de tierra o rocas, que pueden poner en riesgo la seguridad de los visitantes.
Riesgo de caídas: En algunos tramos del camino, los senderos son estrechos y bordean precipicios. Las condiciones húmedas o el desgaste de las piedras pueden incrementar el riesgo de caídas.
3. Condiciones sanitarias y de seguridad:
Acceso limitado a servicios médicos: La naturaleza remota del Camino Inca implica que la atención médica en caso de una emergencia es limitada. Los puntos de campamento y algunos tramos del camino carecen de acceso inmediato a servicios médicos.
Regulación estricta: El acceso a la Red de Caminos Inka está regulado por el Ministerio de Cultura y de medio ambiente de Perú. Hay un número limitado de permisos diarios para ingresar al Camino Inca, y es obligatorio contratar un operador turístico autorizado. Esto garantiza la seguridad y conservación de la ruta, pero también significa que es necesario planificar con anticipación.
4. Restricciones y regulaciones:
Campamentos designados: Los visitantes solo pueden acampar en áreas designadas, que deben ser reservadas con anticipación. No está permitido acampar fuera de estos sitios debido a las regulaciones de conservación.
Condiciones de carga: Los porteadores tienen límites de carga estrictamente regulados (máximo de 20 y 5 Kg de objetos personales del porteador) para evitar sobrecarga y explotación laboral.
Sanciones por incumplimiento: Hay multas y sanciones para quienes no cumplan con las reglas del Camino Inca, como arrojar basura, dañar la flora y fauna, o acceder a zonas restringidas.
5. Riesgos para el medio ambiente y patrimonio cultural:
Impacto ecológico: La afluencia turística puede afectar la flora y fauna local, por lo que existen regulaciones estrictas para minimizar el impacto. Los visitantes deben ser conscientes de no dejar residuos, evitar el contacto directo con la fauna, flora y patrimonio cultural, finalmente respetar las señales de conservación.
Para reducir estos riesgos, se recomienda que los visitantes estén bien preparados físicamente, lleven equipo adecuado, contraten operadores turísticos autorizados y sigan las normas y regulaciones establecidas para la conservación del Camino Inca y la seguridad de todos.
PROHIBICIONES
- Ingreso de turistas libres y/o prestadores de servicios sin la autorización respectiva.
- Desplazamiento por la vía férrea y/o rutas no autorizadas.
- Ingreso de menores de edad que no figuren en el anexo, así como parientes de guías y/o personal de apoyo.
- Alterar o contaminar el paisaje natural y/o cultural, así como los monumentos arqueológicos. Subir a los muros, realizar los trazos en los pisos de tierra y/o rayaduras en los monumentos arqueológicos. Realizar cualquier tipo de grafiti. La ingesta de alimentos dentro de los monumentos arqueológicos. Hacer fogatas en la Red de Caminos Inka, en los monumentos arqueológicos y/o en zonas aledañas del entorno natural. Ingresar y/o utilizar elementos que atenten contra la conservación del patrimonio natural y cultural, así como los bienes de uso público.
- Realizar sobrevuelos y/o usar el espacio aéreo sin autorización previa de la DDC-CUSCO y la JSHM- SERNANP (Drones o cualquier tipo de nave menor y equipos de filmación profesionales con fines comerciales )
- Colocar anuncios de carácter político y comercial en la Red de Camino Inka.
- Transitar y trabajar en estado etílico o bajo efectos de otros estupefacientes (drogas entre otros).
- Realizar traspasos de turistas de un grupo a otro. El abandono del grupo de turistas por parte del guía de turismo y/o Licenciado en turismo.
- Los actos obscenos contrarios a la moral y las buenas costumbres.
ELEMENTOS NO PERMITIDOS
- Armas de fuego o de aire comprimido, arcos y flechas, implementos de caza y pesca, hachas, machetes, cuchillos de monte cuya hoja de acero sobrepase los 7 cm de largo, picos palas u otras herramientas. Cualquier tipo de trampa para la captura o colección de especímenes de fauna y flora silvestre. Cualquier tipo de trampa para la captura o colección de especímenes de fauna y flora silvestre. Combustibles fósiles como petróleo, diésel, gasolina.
- Bebidas alcohólicas, estimulantes psicotrópicos, estupefacientes y otras drogas no permitidas por la legislación nacional vigente.
- Equipos de sonido y otros generadores de ruidos molestos (instrumentos musicales).
- Animales domésticos y exóticos.
- Vehículos de trasporte como bicicletas, triciclos u otros
- Productos con envase de vidrio y/o plástico de un solo uno.
- Bastones con punta metálica que no tengan protector de goma; así como de bastones de manera de especies nativas.
MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS
Las Agencias de viaje y turismo son responsables del manejo, segregación en fuente, traslado y disposición final, cumpliendo las normas de seguridad y salubridad. En ese sentido, deben de:
Manejar adecuadamente los residuos sólidos a través de un protocolo, que deberá ser elaborado por el titular del derecho conforme a la norma técnica vigente (Norma técnica peruana 0900-058-2019).
Dar cumplimiento a la Resolución Presidencial N° 140-2023-SERNANP, que establece la prohibición del plástico de un solo uso, Tecnopor y sorbete en las ANPs. Excepción: En caso se requiera llevar más agua para consumo humano deberá llevar botellas de capacidad mayor a 2.5 litros.
Portar bolsa biodegradable de según el tipo de residuos:
Bolsa verde: Residuo orgánico.
Bolsa roja: Residuo inorgánico.
Bolsa blanca: Residuo de plásticos.
Bolsa negra: Residuo sanitario (serán retiradas fuera del SHM por parte de los operadores turísticos)
Las agencias de viajes y turismo están obligadas a capacitar al personal de apoyo (cocineros y porteadores) y guías de turismo para desarrollar buenas prácticas ambientales durante la permanencia en la RCI conforme al anexo F del Reglamento de Uso Turístico sostenible del SHM.
Ademas se debe considerar los siguientes articulos de “Reglamento de Seguridad para la prestación del servicio Turístico de Aventura”
Artículo 12.- Charla de información y orientación proporcionada a los turistas
La agencia de Viajes y Turismo que presta el servicio de turismo de aventura, se recomienda brindar a los turistas en forma previa a la práctica de la modalidad de turismo de aventura, una charla de información y orientación, la que podría considerar como mínimo lo siguiente:
a. Condiciones física mínimas necesarias para la práctica de la actividad, considerando la edad mínima necesaria para la realización de la modalidad de turismo de aventura.
b. Riesgos que se pueden presentar durante su desarrollo.
c. Condiciones bajo las cuales se podrá desarrollar la modalidad de turismo de aventura (clima, horarios, otros).
d. Comportamiento a guardar durante el desarrollo de la actividad.
e. Medidas de seguridad que se cumplirían mientras se presta el servicio.
f. Información sobre el lugar en el que se desarrollará la actividad.
g. Información sobre el personal especializado con el cual se prestará el servicio;
h. Información sobre equipo necesario y autorizado para desarrollar;
i. Información sobre el registro de incidentes y/o accidentes; y
j. Desarrollo del Programa de Manejo de Riesgos y Atención de Emergencias.
Artículo 17.- Condiciones para la prestación del servicio.
17.1 Previamente a la formalización del contrato de servicio la Agencia de Viajes y Turismo autorizada para prestar el servicio de turismo de aventura facilitará al turista los siguientes formatos:
a. Formato que deje constancia que ha tomado conocimiento y aceptado los riesgos que involucra la modalidad de turismo de aventura a desarrollar;
b. Formato en el que dé cuenta que se encuentra en un estado físico y de salud idóneos para llevar a cabo la modalidad de turismo de aventura a desarrollar.
17.2 Los formatos serían suscritos por el turista. En el caso de menores de edad, tales documentos serían llenados y suscritos por el padre, madre, titular o representante legal.
17.3 Los formatos antes referidos serán diseñados y aprobados por el Viceministerio de Turismo.
Artículo 19.- Suscripción de Declaración de haber recibido la Charla de Información y Orientación.
19.1 se sugiere que la Agencia de Viajes y Turismo que presta el servicio de turismo de aventura pueda entregar al turista un formato en el que se dejaría constancia que recibió la Charla de Información y Orientación establecida en el artículo 12 del Reglamento.
19.2 En caso de turistas menores de edad, el formato, sería llenado y suscrito por el padre o la madre, tutor o representante legal.
19.3 De no cortar con el Formato suscrito no podría prestarse el servicio
19.4 El formato será diseñado y aprobado por el Viceministerio de Turismo.
La Red de Caminos Inka en el Santuario Histórico de Machu Picchu (SHM) presenta varios riesgos y condiciones especiales debido a su geografía, clima y regulación, que todo visitante y operador debe tener en cuenta:
1. Condiciones geográficas y climáticas:
Altitud: Algunas rutas alcanzan altitudes superiores a los 4,200 metros sobre el nivel del mar (como el paso de Warmiwañuska). Esto puede causar el mal de altura o “soroche” en los visitantes, generando síntomas como dolor de cabeza, náuseas y fatiga.
Clima variable: El clima en la zona es impredecible, con cambios repentinos. Las rutas están expuestas a fuertes lluvias, especialmente durante la temporada de lluvias (de noviembre a marzo). Estas condiciones aumentan el riesgo de deslizamientos de tierra, resbalones y caminos enlodados.
Terreno accidentado: Algunas partes del camino existe escalones o graderías de piedra, pendientes pronunciadas y zonas estrechas. La dificultad técnica y física de las rutas requiere buena preparación física y calzado adecuado.
2. Riesgos naturales:
Deslizamientos y avalanchas: Durante la temporada de lluvias, los caminos pueden estar expuestos a deslizamientos de tierra o rocas, que pueden poner en riesgo la seguridad de los visitantes.
Riesgo de caídas: En algunos tramos del camino, los senderos son estrechos y bordean precipicios. Las condiciones húmedas o el desgaste de las piedras pueden incrementar el riesgo de caídas.
3. Condiciones sanitarias y de seguridad:
Acceso limitado a servicios médicos: La naturaleza remota del Camino Inca implica que la atención médica en caso de una emergencia es limitada. Los puntos de campamento y algunos tramos del camino carecen de acceso inmediato a servicios médicos.
Regulación estricta: El acceso a la Red de Caminos Inka está regulado por el Ministerio de Cultura y de medio ambiente de Perú. Hay un número limitado de permisos diarios para ingresar al Camino Inca, y es obligatorio contratar un operador turístico autorizado. Esto garantiza la seguridad y conservación de la ruta, pero también significa que es necesario planificar con anticipación.
4. Restricciones y regulaciones:
Campamentos designados: Los visitantes solo pueden acampar en áreas designadas, que deben ser reservadas con anticipación. No está permitido acampar fuera de estos sitios debido a las regulaciones de conservación.
Condiciones de carga: Los porteadores tienen límites de carga estrictamente regulados (máximo de 20 y 5 Kg de objetos personales del porteador) para evitar sobrecarga y explotación laboral.
Sanciones por incumplimiento: Hay multas y sanciones para quienes no cumplan con las reglas del Camino Inca, como arrojar basura, dañar la flora y fauna, o acceder a zonas restringidas.
5. Riesgos para el medio ambiente y patrimonio cultural:
Impacto ecológico: La afluencia turística puede afectar la flora y fauna local, por lo que existen regulaciones estrictas para minimizar el impacto. Los visitantes deben ser conscientes de no dejar residuos, evitar el contacto directo con la fauna, flora y patrimonio cultural, finalmente respetar las señales de conservación.
Para reducir estos riesgos, se recomienda que los visitantes estén bien preparados físicamente, lleven equipo adecuado, contraten operadores turísticos autorizados y sigan las normas y regulaciones establecidas para la conservación del Camino Inca y la seguridad de todos.
PROHIBICIONES
ELEMENTOS NO PERMITIDOS
MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS
Las Agencias de viaje y turismo son responsables del manejo, segregación en fuente, traslado y disposición final, cumpliendo las normas de seguridad y salubridad. En ese sentido, deben de:
Manejar adecuadamente los residuos sólidos a través de un protocolo, que deberá ser elaborado por el titular del derecho conforme a la norma técnica vigente (Norma técnica peruana 0900-058-2019).
Dar cumplimiento a la Resolución Presidencial N° 140-2023-SERNANP, que establece la prohibición del plástico de un solo uso, Tecnopor y sorbete en las ANPs. Excepción: En caso se requiera llevar más agua para consumo humano deberá llevar botellas de capacidad mayor a 2.5 litros.
Portar bolsa biodegradable de según el tipo de residuos:
Bolsa verde: Residuo orgánico.
Bolsa roja: Residuo inorgánico.
Bolsa blanca: Residuo de plásticos.
Bolsa negra: Residuo sanitario (serán retiradas fuera del SHM por parte de los operadores turísticos)
Las agencias de viajes y turismo están obligadas a capacitar al personal de apoyo (cocineros y porteadores) y guías de turismo para desarrollar buenas prácticas ambientales durante la permanencia en la RCI conforme al anexo F del Reglamento de Uso Turístico sostenible del SHM.
Ademas se debe considerar los siguientes articulos de “Reglamento de Seguridad para la prestación del servicio Turístico de Aventura”
Artículo 12.- Charla de información y orientación proporcionada a los turistas
La agencia de Viajes y Turismo que presta el servicio de turismo de aventura, se recomienda brindar a los turistas en forma previa a la práctica de la modalidad de turismo de aventura, una charla de información y orientación, la que podría considerar como mínimo lo siguiente:
a. Condiciones física mínimas necesarias para la práctica de la actividad, considerando la edad mínima necesaria para la realización de la modalidad de turismo de aventura.
b. Riesgos que se pueden presentar durante su desarrollo.
c. Condiciones bajo las cuales se podrá desarrollar la modalidad de turismo de aventura (clima, horarios, otros).
d. Comportamiento a guardar durante el desarrollo de la actividad.
e. Medidas de seguridad que se cumplirían mientras se presta el servicio.
f. Información sobre el lugar en el que se desarrollará la actividad.
g. Información sobre el personal especializado con el cual se prestará el servicio;
h. Información sobre equipo necesario y autorizado para desarrollar;
i. Información sobre el registro de incidentes y/o accidentes; y
j. Desarrollo del Programa de Manejo de Riesgos y Atención de Emergencias.
Artículo 17.- Condiciones para la prestación del servicio.
17.1 Previamente a la formalización del contrato de servicio la Agencia de Viajes y Turismo autorizada para prestar el servicio de turismo de aventura facilitará al turista los siguientes formatos:
a. Formato que deje constancia que ha tomado conocimiento y aceptado los riesgos que involucra la modalidad de turismo de aventura a desarrollar;
b. Formato en el que dé cuenta que se encuentra en un estado físico y de salud idóneos para llevar a cabo la modalidad de turismo de aventura a desarrollar.
17.2 Los formatos serían suscritos por el turista. En el caso de menores de edad, tales documentos serían llenados y suscritos por el padre, madre, titular o representante legal.
17.3 Los formatos antes referidos serán diseñados y aprobados por el Viceministerio de Turismo.
Artículo 19.- Suscripción de Declaración de haber recibido la Charla de Información y Orientación.
19.1 se sugiere que la Agencia de Viajes y Turismo que presta el servicio de turismo de aventura pueda entregar al turista un formato en el que se dejaría constancia que recibió la Charla de Información y Orientación establecida en el artículo 12 del Reglamento.
19.2 En caso de turistas menores de edad, el formato, sería llenado y suscrito por el padre o la madre, tutor o representante legal.
19.3 De no cortar con el Formato suscrito no podría prestarse el servicio
19.4 El formato será diseñado y aprobado por el Viceministerio de Turismo.
Riesgos y condiciones a considerar en caminata.
Riesgos y condiciones a considerar en caminata.
Riesgos y condiciones a considerar en caminata.
Riesgos y condiciones a considerar en caminata.